martes, 10 de mayo de 2011

Carta acuerdo de la Comunidad QOM Navogoh, La Primavera, del lunes 9 de mayo de 2011

1)
Tras quince días (luego de la reunión de ayer) los miembros de "La Primavera" deben fijar la fecha, metodología y lugar de manera consensuada para realizar la asamblea comunitaria a fin de elegir sus representantes. De no llegar a un acuerdo, las autoridades gubernamentales propondrán la fecha y las cuestiones organizativas de la convocatoria en la próxima mesa de dialogo y trabajo.
"En 15 días los integrantes de la Comunidad La Primavera deben fijar la fecha, metodología y lugar, de manera consensuada para realizar la Asamblea Comunitaria a fin de elegir a sus representantes. En caso de que no se llegue a un acuerdo, las Autoridades propondrán la fecha y cuestiones organizativas de la convocatoria en la próxima Mesa de Diálogo y Trabajo". Esto implica que los gobiernos, aún, no reconocen el liderazgo formal de Félix Díaz.

2)
"Las partes acordaron recordar la prohibición del arrendamiento de tierras comunitarias de acuerdo a las leyes vigentes". Es un importante punto a cumplir, porque el terrateniente del lugar arrendó parte de las tierras para sembrar soja.

3)
Se sugiere que la administración de Parques Nacionales efectúe evaluaciones técnicas para brindar soluciones a la superposición existente entre el Parque Nacional Rio Pilcomayo y las tierras reclamadas por la Comunidad. (Decreto del Poder Ejecutivo Nacional del año 1940.
En su momento, el Estado le dio parte de estas tierras como "compensación" a otras que le había quitado el terrateniente.

4)
Los representantes del Gobierno Nacional y Provincial acuerdan avanzar en la aplicación de la Ley 26.160 en todo el territorio de la provincia de Formosa,  para el relevamiento técnico, jurídico y catastral de la Comunidad "La Primavera.                                                                                                
Cabe aclarar que la Ley 26.160, declara la "emergencia en materia de posesión y propiedad de las tierras que tradicionalmente ocupan las comunidades originarias del país, esta ley plantea que deben suspenderse “la ejecución de sentencias, actos procesales o administrativos, cuyo objeto sea el desalojo o desocupación de las tierras...“, en otras palabras por medio de esta ley se deben suspender los desalojos hasta que no se haga el relevamiento de las mismas.

5)
Se acuerda celebrar la próxima reunión de la Mesa de dialogo y trabajo en la sede del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI) el 23 de Mayo a las 16 hs. El Instituto Nacional contra la Discriminación, la xenofobia y el racismo (INADI), con 48 hs anticipadas dónde se llevará a cabo. En dicha oportunidad se continuará trabajando sobre los temas abordados. Los diferentes organismos gubernamentales informarán los avances realizados en relación con los puntos anteriores. En la composición de la Mesa, se reconoce el importante rol de organismos de Derechos Humanos.


LA TIERRA ES NUESTRA VIDA

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